martes, 6 de septiembre de 2022

REFORMA DE LA LEY DE LA CIENCIA (LEY 17/2022, DE 5 DE SEPTIEMBRE) ART. 23BIS HABILITA LA CONTRATACIÓN LABORAL INDEFINIDA

Hoy 6 de septiembre de 2022 se ha publicado en el BOE la Reforma de la Ley de la Ciencia (Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación), en la que en su artículo 23bis habilita la contratación laboral indefinida de personal de investigación (científico, técnico y de gestión) en las entidades del sector público. 

En su disposición adicional decima se restringen los casos en los que se pueden suscribir contratos de duración determinada, a contratos realizados con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y programas de carácter temporal cuya financiación dependa de fondos europeos no competitivos. 

En el resto de los casos las contrataciones deberán ser contrataciones laborales indefinidas de acuerdo al artículo 23bis.

«Artículo 23 bis. Contrato de actividades científico-técnicas. 
1. El objeto de los contratos de actividades científico-técnicas será la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, incluyendo la gestión científico-técnica de estas líneas que se definen como un conjunto de conocimientos, inquietudes, productos y proyectos, construidos de manera sistemática alrededor de un eje temático en el que confluyan actividades realizadas por uno o más grupos de investigación y requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos o contratos de I+D+I. 

2. Los contratos de actividades científico-técnicas, de duración indefinida, no formarán parte de la Oferta de Empleo Público ni de los instrumentos similares de gestión de las necesidades de personal a que se refiere el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, ni su convocatoria estará limitada por la masa salarial del personal laboral.  Para su celebración se exigirán los siguientes requisitos: 
a) El contrato se podrá celebrar con personal con título de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, Diplomatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica, Grado, Máster Universitario, Técnico/a Superior o Técnico/a, o con personal investigador con título de Doctor o Doctora. Asimismo, se podrá celebrar con personal cuya formación, experiencia y competencias sean acordes con los requisitos y tareas a desempeñar en la posición que se vaya a cubrir. 
b) Los procedimientos de selección del personal laboral previsto en este artículo se regirán en todo caso a través de convocatorias públicas en las que se garanticen los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y concurrencia. 

3. En todo caso, cuando los contratos estén vinculados a financiación externa o financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en concurrencia competitiva en su totalidad, no requerirán del trámite de autorización previa. 

4. En lo no previsto en este artículo, con especial referencia a sus derechos y obligaciones, serán de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, correspondiendo al personal contratado la indemnización que resulte procedente tras la finalización de la relación laboral.» 

Disposición adicional décima. Condiciones de aplicación de modalidades de contratación temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos

En el ámbito de aplicación de la presente ley solo será de aplicación la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, en relación con la reforma de las modalidades de contratación temporal, cuando se trate de contratos de duración determinada por parte de las entidades que integran el sector público, reguladas en el artículo 2 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siempre que dichos contratos se encuentren asociados a la estricta ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y solo por el tiempo necesario para la ejecución de los citados proyectos, así como para contratos necesarios para la ejecución de programas de carácter temporal cuya financiación dependa de fondos europeos no competitivos.

Los celebrados antes de la entrada en vigor de esta ley al amparo de la citada disposición adicional quinta mantendrán su vigencia hasta el cumplimiento de la duración fijada, con el límite máximo de tres años contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente ley.

martes, 26 de julio de 2022

Extranjeros: Reforma del reglamento Ley Organíca de Extranjería (Consejo de Ministros 26 de julio de 2022).

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que reforma el reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería con el objetivo de mejorar el modelo migratorio español y sus procedimientos, en muchos casos lentos e inadecuados, lo que genera periodos prolongados de irregularidad, con altos costes sociales y económicos. 

Las modificaciones normativas persiguen favorecer la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en España, reforzar las vías de migración regular y mejorar el sistema de gestión. Además, el real decreto ha recibido el aval del Consejo de Estado, que considera que contribuirá a mejorar la situación jurídica de muchos inmigrantes y a luchar contra la lacra de la economía sumergida. 

Para facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que están en España, se realizan tres importantes modificaciones. En primer lugar, se mejora la normativa para favorecer la permanencia de los estudiantes, incrementando sus posibilidades de trabajar y atrayendo con ello talento internacional. En este ámbito, se permite que los estudiantes compaginen trabajo y formación, siempre que sean compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales y se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios (hasta ahora era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo).

Actualización de las figuras de arraigo y reagrupación 

En segundo lugar, se actualizan las figuras de arraigo y de reagrupación familiar. En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular, pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años y se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular. En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo y la reforma también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.

En cuanto a la reagrupación familiar, la reforma crea un régimen propio para el familiar del ciudadano español que desea mantener en España su unidad familiar, y también se flexibilizan los requisitos de reagrupación familiar cuando afectan a menores extranjeros, o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad.

En tercer lugar, la reforma incluye una nueva figura de arraigo por formación, que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo. La figura, inspirada en el duldung alemán, puede ser prorrogada por otros 12 meses. 

Mejoras en la migración regular y en la gestión 

En cuanto a las medidas de refuerzo de la migración regular, la normativa incorpora tres grandes novedades. En primer lugar, una racionalización de los requisitos exigidos para los trabajadores autónomos procedentes de terceros países; en segundo lugar, una mejora de los trámites de contratación en origen mediante la incorporación automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y una reducción de plazos.

Finalmente, la normativa también mejora el modelo de migración circular, dotando de mayor estabilidad a trabajadores y empresas y reduciendo las cargas administrativas. En este sentido, las autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante 4 años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores.

Por último, el real decreto también incorpora mejoras en la gestión administrativa mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites, se avance hacia la ventanilla única y se homogeneice la aplicación de la normativa de extranjería en todos los territorios. Además, la reforma también introduce mejoras en la tramitación en las Oficinas Consulares.

Esta reforma del reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería profundiza en la aprobada en otoño de 2021 para favorecer la inclusión de los menores no acompañados y jóvenes extutelados, que ha beneficiado a más de 10.000 personas en poco más de seis meses en vigor. 

Fuente: Referencia del Consejo de Ministros, 26 de julio de 2022

Nota: Queremos resaltar la tendencia de los países por retener el talento internacional. En este caso, de estudiantes extranjeros formados en nuestro país. Igualmente, es destacable la inclusión de la nueva figura de “arraigo por formación".

Los países de la UE necesitamos jóvenes y una población formada y capacitada para incorporar las nuevas realidades de la Industria 4.0 en el mundo del trabajo.

BOE https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-12504

Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril

Resumen: Aspectos más relevantes de la reforma de la ley de

Fuentes bibliográficas: 

Fernández de la Peña, M. "Renovaciones de autorizacines de trabajo por cuenta autónoma y trabajo tras la modificacion de la Ley General de Extranjería", LAW&TRENS, 2 de octubre de 2022.

http://www.eduardorojotorrecilla.es/2022/10/el-arraigo-en-la-normativa-de.html?m=1

Tribunales:

Pionera sentencia que declara el arraigo laboral a una persona trabajadora autónoma. Fuente E&J

miércoles, 20 de julio de 2022

IV CONGRESSO INTERNACIONAL DE DIREITO DO TRABALHO: DIREITOS FUNDAMENTAIS & TRABALHO (11 y 12 de agosto 2022)

FECHA Y LUGAR: 11 y 12 de agosto de 2022 – Escola de direito, Auditorio del Edificio 11 de la PUCRS.

PROGRAMA  (HORA BRASIL)

11/08/2022 - JUEVES (NOCHE)
19:00Acreditación
7:30 pmApertura Solemne

Decano Fabricio Dreyer de Ávila Pozzebon 

Representante TRT 4 – Ricardo Hofmeister de Almeida Martins Costa (Vicepresidente)

Representante del MPT – Lourenço Agostini de Andrade (Fiscal Jefe Adjunto)

Representante OAB – Gilberto Stürmer (Abogado)

Presidenta: Helena Lazzarin 
8:30 pmConferencia inaugural 

Ingo Sarlet – Coordinador del PPGD en la PUCRS 

21:00Conferencia  

Presidente ABDT – Luiz Carlos Robertella 

9:30 pmConferencia 

Presidente de la ASRDT – Luciane Barzotto  

22:00Clausura 

 

12/08/2022 - VIERNES (MAÑANA)

8 a.m.primer panel 

Panelistas: Ricardo Guimarães (AASP) , Fernando Fita Ortega (Universidad de Valencia) y Elizabet Leal (UNIVEL) 

Presidente: Diego Sena Bello 
09:30 amSegundo Panel 

Panelistas: Esperanza Macarena ( Universidad Sevilla) y Marco Villatore (UFSC) Thereza Nahas (Universitat Oberta de Catalunya )

Presidente: Boris de Asís 
11 a.m.Tercer Panel  

Panelistas: João Leal Amado (Universidad de Coimbra) Oscar Requena Montes ( Universidad de Valencia) y Juan Raso Delgue Universidad de la República ) 

Presidenta: Helena Lazzarin 
12:00Turno mañana de cierre

 

12/08/2022 - VIERNES (NOCHE)

19:00primer panel  

Panelistas: Vitor Salino (PUC-MG), Liton Lanis Pilau Sobrinho (UPF) y Maria Lúcia Benhame (APRES)  

Presidente: André Jobim 
8:30 pmSegundo Panel 

Panelistas: Sonilde Lazzarin (UFRGS)  Araken de Assis (PUCRS)

Moderadora: Denise Pires Fincato (PUCRS) 
22:00Cierre del turno de noche

Denise Pires Fincato y Gilberto Sturmer (PUCRS) 

Certificado: se entregará un certificado a todos aquellos que tengan al menos un 75% de asistencia (frase estándar en sitios web, si el evento tiene certificación).

INFORMACIÓN DETALLADA PINCHA AQUÍ

El teletrabajo en la Administración Pública: a propósito del Proyecto de Ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia (Consejo de Ministros 19 de julio 2022)

El Consejo de Ministros reunido el 19 de julio de 2022 ha aprobado el Proyecto de Ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia, cuyo objetivo fundamental es dar cobertura jurídica y regular la transformación digital del servicio público de Justicia.

El proyecto de ley es uno de los pilares del Plan de Justicia 2030, junto con las otras dos leyes de eficiencia procesal y organizativa, actualmente en tramitación parlamentaria. El Ministerio de Justicia informa que, desde marzo de 2020 hasta junio de este año se han producido, gracias a la digitalización de la Justicia, más de 92.000 actuaciones procesales no presenciales (juicios telemáticos y otras actuaciones), lo que ha supuesto un ahorro estimado en desplazamientos de más de 19 millones de euros y se ha evitado la emisión de 9.124 toneladas de CO2 equivalente a 1.382 vueltas al mundo.

Nos interesamos por este proyecto de ley porque según indica la nota de prensa "Se confiere, también, un marco adecuado para que todos los profesionales y el personal al servicio de la Administración de Justicia puedan desempeñar sus funciones mediante teletrabajo y trabajo deslocalizado. Persigue avanzar en la conciliación de la vida profesional y familiar desde la óptica digital, reconociendo además de manera expresa el derecho a la desconexión digital".

En materia de teletrabajo destacamos de este proyecto de ley:

1.- La incorporación de un sistema de acceso único y personalizado, la Carpeta Justicia que, además de otras funciones (acceso a los asuntos, consulta de expedientes, cita previa), permite al personal al Servicio de la Administración de Justicia desempeñar el teletrabajo y trabajo deslocalizado. Con ello se intenta avanzar en la gestión profesional eficiente y en la conciliación de la vida profesional y familiar. Asimismo  para que la inmediación judicial sea preservada, en todas las actuaciones celebradas mediante presencia telemática, en condiciones de plena seguridad jurídica se regulan los llamados "puntos de acceso seguros" y ·"los lugares seguros" desde los que se podrán efectuar con plenos efectos procesales las intervenciones telemáticas.

2.-En relación a los actos y servicios no presenciales. Por un lado,  se propone que la atención al público se realice preferentemente por vía telemática y, por otro lado, se consolida la vía telemática para la generalidad de los actos procesales. En cuanto al teletrabajo y trabajo deslocalizado, los sistemas de información contemplarán además la posibilidad de que el personal al servicio de la Administración de Justicia desempeñe las competencias propias de su puesto de trabajo por estos medios.  


Referencias normativas:

-Orden JUS/504/2020, de 5 de junio, por la que se activa la Fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 (BOE 6 de junio de 2020) establece en el ANEXO la realización de funciones mediante teletrabajo por los funcionarios voluntariamente acogidos a la modalidad de teletrabajo.

-Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (BOE 30 septiembre 2020). En este texto se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y se introduce un nuevo artículo 47 bis (Teletrabajo) en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El RD-ley indica que la prestación de servicios mediante teletrabajo se realizará en los términos de las normas que se dicten en desarrollo del Estatuto Básico, que serán objeto de negociación colectiva en el ámbito correspondiente y que contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de prestación de servicio.



Breve Comentario: 
No encuentra el Gobierno el momento para regular el teletrabajo en la Administración General del Estado. Entiendo que hay dos factores principales que auguran un mayor retraso: 

    a) la insuficiente atención que recibe  la ciudadanía. La población percibe que la atención al    público presencial es la más efectiva y la denominada cita previa se convierte en un verdadero "calvario" cuando en realidad lo que se persigue es la inmediatez en la atención telefónica con un servidor público que resuelva las incidencias concretas y  personalizadas del ciudadano (en vez de  un robot o una respuesta general que te remite a la web). Por otro lado aunque el problema de la brecha digital existente en España es significativo también es necesario inculcar una suficiente cultura telemática no sólo del servicio público sino de la sociedad en general.

    b) la necesidad de concreción de la dotación de los fondos que proporcionen los medios necesarios para una efectiva implementación del teletrabajo para los empleados públicos (véase la propuesta del CSIF para la habilitación de crédito en la elaboración de los PGE 2023)


Sobre el anteproyecto de Ley , véase publicación del magistrado Pedro Tuset en
https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/aprobado-el-anteproyecto-de-ley-de-medidas-de-eficiencia-digital-del-servicio-publico-de-justicia/

ANDALUCÍA-Teletrabajo :
La Ley de la Función Pública de Andalucía supera el debate de totalidad en el Parlamento sin enmiendas en contra. 
" (...) con esta ley se incorpora la posibilidad de teletrabajar, "cuando el puesto lo permita, reconociendo además la necesaria desconexión digital", así como regula la formación, el aprendizaje y la acreditación de competencias, cuyos conceptos se definen y se recogen tanto como derecho y como deber". Fuente, IUSTEL 28 octubre 2022





viernes, 1 de julio de 2022

PLAN DE ATRACCIÓN Y RETENCIÓN DE TALENTO CIENTÍFICO E INNOVADOR A ESPAÑA (Consejo de Ministros 14 de junio de 2022) STARTUPS ( Moncloa 1 de diciembre 2022)

El Congreso aprueba de forma definitiva la Ley de Startups, la primera de Europa para el apoyo específico al ecosistema emprendedor Fuente, Moncloa, 1 diciembre 2022

La Ley de Startups supone uno de los grandes compromisos de esta legislatura y forma parte del conjunto de reformas para la mejora del clima de negocios del país, junto con la Ley Crea y Crece y la Ley Concursal, aprobadas este año. También es uno de los hitos más importantes para este ejercicio dentro de la Agenda España Digital 2026, hoja de ruta del ambicioso plan de digitalización que está llevando a cabo el país.
Algunas de las mejoras introducidas tras la tramitación por el Senado son:  a) Se flexibilizan los requisitos y se incorpora la posibilidad de retener al talento que finalice sus estudios para que busque empleo en España; b) Se crea un visado especial de Nómadas Digitales para titulares que trabajen para sí mismos o para empleadores de cualquier lugar del mundo en territorio nacional.
El Consejo de Ministros del 14 de junio de 2022 adoptó el Acuerdo por el que se aprueba el Plan de atracción y retención de talento ciéntifico e innovador a España donde se movilizará 3.000 millones de euros en los próximos 18 meses. A continuación reproducimos la nota de prensa del Consejo de Ministros que se publica en la página oficial de La Moncloa.
El plan contiene 30 medidas que movilizarán cerca de 3.000 millones de euros para promover la atracción e incorporación de personal internacional en el sistema de I+D+I español y garantizar la retención de talento en nuestro país. Entre las medidas, se incluyen reformas regulatorias, nuevas convocatorias y herramientas de información y comunicación, que van a ponerse en marcha durante los próximos 18 meses.
Más oportunidades y mejores condiciones para las carreras en el sistema público de ciencia.
Las medidas del plan se dividen en tres ejes. 
El primero está dirigido a crear más oportunidades y mejores condiciones para el desarrollo de la carrera científica en universidades y organismos públicos de investigación.
Con este objetivo, se impulsarán iniciativas como la creación de la convocatoria "Consolidación Investigadora" de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), destinada a consolidar la carrera profesional de investigadores e investigadoras jóvenes nacionales y extranjeros para que puedan desarrollar su carrera en universidades y centros de investigación españoles, iniciando una línea de investigación y accediendo a una plaza fija tras finalizar un itinerario posdoctoral.
Este eje incluye el efecto de la tasa de reposición de personal científico y técnico, que se ha elevado hasta el 120% en los presupuestos para el año 2022. También recoge el aumento del presupuesto de las principales agencias financiadoras de la investigación pública en España, la Agencia Estatal de Investigación (AEI) y el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII).

Menos barreras y más incentivos para la atracción de talento internacional al sector público de ciencia
El segundo eje del plan pretende eliminar barreras y crear nuevos incentivos para la atracción de talento científico internacional al sector público español. Para ello, el plan recoge una ayuda complementaria para la atracción de investigadores senior de reconocido prestigio internacional, así como ayudas para la relocalización, gastos de viaje, mudanza e instalación en nuestro país y convocatorias para financiar seminarios y estancias cortas de personal investigador no residente en España.
Además, se prevé simplificar el procedimiento de acreditación al profesorado de origen extranjero, que podrá hacerse en inglés y también orientará sobre los complementos salariales a los que tendría derecho. Por otra parte, ya no será necesaria acreditación previa para acceder a puestos de profesor ayudante doctor, lo cual facilita la atracción de talento en la fase inicial de las carreras científicas.

Impulsar la incorporación de talento científico e innovador internacional en el sector privado
Asimismo, el plan contempla un tercer eje destinado a impulsar la incorporación de personal científico e innovador internacional en el sector privado. En línea con la Estrategia España Nación Emprendedora, su objetivo es fortalecer la posición de España como ecosistema innovador y mejorar la capacidad del país para atraer emprendedores que estén en el extranjero para que establezcan sus start-ups de base científica en España.
De forma adicional, este plan pretende mejorar la información, el asesoramiento y la comunicación internacional para visibilizar las oportunidades y posicionar a España como un país líder en ciencia, innovación y emprendimiento.
Algunas de las medidas del plan ya están en marcha, pero deben reforzarse. Otras están contempladas en el proyecto de reforma de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que actualmente se encuentra en trámite parlamentario.
El plan también se nutre de las oportunidades que ofrecen otros importantes desarrollos legislativos como el Anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) o el proyecto de Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes (Startups).

Compromiso del Ministerio de Ciencia e Innovación para mejorar la carrera en el ámbito de la I+D+I
El Plan de atracción y retorno de talento científico e innovador se enmarca en el compromiso del Ministerio de Ciencia e Innovación para reforzar el sistema público de I+D+I español, dotando de más recursos y oportunidades a las personas que trabajan en este ámbito.
El Gobierno ha conseguido revertir el escenario previo a 2018, cuando los recortes en el sistema público de ciencia provocaron la pérdida de 10.000 plazas y la salida de muchos investigadores de España.
Junto a ello, el presupuesto del Ministerio de Ciencia e Innovación se ha duplicado prácticamente entre 2020 y 2022, hasta los 3.800 millones de euros, y la Agencia Estatal de Investigación cuenta este año con 1.358 millones de euros, más del doble que en 2020 y un 60% más que en 2021. Por otra parte, el presupuesto del CDTI, organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación responsable de promover la I+D+I empresarial, alcanzó en 1.566 millones en 2022, un 48% más que en 2020.
Vid. Entrada de este blog de 26 de julio. Reforma Reglamento de la Ley de Extranjería 

miércoles, 29 de junio de 2022

ETUC- Acuerdo histórico entre sindicatos y empleadores europeos de un programa de trabajo que incluye la negociación de un acuerdo jurídicamente vinculante sobre "Teletrabajo y derecho a la desconexión".

Los sindicatos y los empleadores europeos firman el 28 de junio un programa de trabajo que incluye la negociación de un acuerdo jurídicamente vinculante sobre "Teletrabajo y derecho a la desconexión".

La CES, BusinessEurope, SGI Europe y SMEunited firman  en Bruselas el programa en presencia del vicepresindete ejecutivo de la Comisión Europea.

El Programa de Trabajo 2022-24 consta de 6 acciones conjuntas:

Teletrabajo y derecho a la desconexión

Revisar y actualizar el Acuerdo libre sobre Teletrabajo de 2002 para su adopción como acuerdo legalmente vinculante implementado a través de una Directiva. Esta es una señal clave de que los interlocutores sociales europeos están comprometidos a ser actores clave para dar forma al futuro funcionamiento de los mercados laborales, y la primera vez que un acuerdo de este tipo se implementaría como Directiva desde 2010.

Transición Verde

Un marco de acciones para garantizar que una transición justa, con la financiación y las inversiones públicas adecuadas, cree puestos de trabajo de calidad y apoye a las empresas y los trabajadores a adaptarse al cambio.

Empleo juvenil

 Un seminario conjunto y una declaración de seguimiento del 'Marco de Acciones sobre Empleo Juvenil' para explorar las mejores prácticas, desafíos y herramientas para facilitar el empleo juvenil.

Privacidad y vigilancia relacionadas con el trabajo

Seminario conjunto y directrices sobre tecnologías de control y vigilancia en el lugar de trabajo para intercambiar puntos de vista sobre las tendencias y su relevancia para los interlocutores sociales y la negociación colectiva en todos los niveles apropiados en toda Europa. 2/2

Mejorar la adecuación de capacidades en Europa

Un seminario seguido de un proyecto de investigación conjunto sobre el acceso efectivo a la formación, la participación de los interlocutores sociales en la inteligencia de habilidades y cómo abordar los desajustes y la escasez de habilidades.

Creación de capacidad

Un proyecto conjunto para revisar la eficacia de los proyectos de desarrollo de capacidades e identificar los obstáculos para implementar los acuerdos marco autónomos de los interlocutores sociales existentes.

Fuente: https://www.etuc.org/en/pressrelease/european-unions-and-employers-sign-historic-deal

Otras fuentes: https://www.ugt.es/sindicatos-y-patronales-de-europa-negociaran-una-directiva-sobre-teletrabajo-y-derecho-la

https://www.businesseurope.eu/publications/european-social-dialogue-work-programme-2022-2024

Véase la entrada de este blog de 26 de julio 2022, reforma Reglamento Ley de extranjería: arraigo de formación 

sábado, 11 de junio de 2022

Acuerdo histórico en la OIT. Viernes 10 de junio 2022

 110ª Conferencia Internacional del Trabajo. 

La Conferencia Internacional del Trabajo añade la seguridad y la salud a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo.

Hasta ahora había cuatro categorías de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo:

la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;

la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;

la abolición efectiva del trabajo infantil;

la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

La decisión de la Conferencia significa que la seguridad y la salud en el trabajo pasarán a ser la quinta categoría.

Los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo fueron adoptados en 1998 como parte de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. En virtud de la Declaración, los Estados miembros de la OIT, independientemente de su nivel de desarrollo económico, se comprometen a respetar y promover estos principios y derechos, hayan ratificado o no los convenios correspondientes.

Cada uno de los principios fundamentales está asociado a los Convenios de la OIT más relevantes. Los nuevos Convenios fundamentales serán el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (nº 155) , y el Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud de los trabajadores, 2006 (nº 187) .

Fuente: https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_848141/lang--es/index.htm?shared_from=shr-tls

https://twitter.com/EsperanzaMacar7/status/1535391697537998848?t=FplMmCc4mobws3sAEtzoVg&s=19

Vid. ONU declara el acceso a un medio ambiente medio y saludable, un derecho humano y universal 

https://news.un.org/es/story/2022/07/1512242

 

jueves, 26 de mayo de 2022

Teletrabajo en la Administración General del Estado

Orden PCM/466/2022, de 25 de mayo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2022, por el que se aprueba el plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la Administración General del Estado y las entidades del sector público institucional estatal (BOE núm. 125, 26 de mayo de 2022)

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 24 de mayo el Plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la Administración General del Estado. Este plan tiene como objetivos principales racionalizar el uso de los edificios e instalaciones administrativas, así como el establecimiento de formas de organización del trabajo de los empleados públicos que redunden en ese ahorro energético, a la vez que garanticen la plena prestación de los servicios y la atención a los ciudadanos.
El plan de medidas de ahorro energético es uno de los compromisos contemplados en el Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, aprobado en Consejo de Ministros el 29 de marzo (BOE núm. 125,  26 de mayo de 2022).
Este plan contempla unas medidas organizativas "que hacen referencia al fomento de fórmulas organizativas que deben adoptar los empleados públicos, garantizando plenamente la atención a la ciudadanía, el plan contempla, entre otras:
•Refuerzo de la modalidad de trabajo a distancia, para reducir el impacto energético tanto por los desplazamientos al lugar de trabajo como por el consumo de energía en el propio centro de trabajo, garantizando siempre la prestación y calidad del servicio público.
De esta forma, cada Ministerio o entidad estatal deberá aprobar un Plan de Trabajo que incorporará una declaración de puestos susceptibles para teletrabajar, que cumplan las condiciones para ello.
El Plan aprobado en Consejo de Ministros contempla, con carácter general, que aquellos empleados con puestos de trabajo a distancia reconocidos podrán teletrabajar tres días a la semana y acudirán dos presencialmente.
Por razones organizativas debidamente motivadas se podrá autorizar la prestación de dos días de trabajo a distancia. Asimismo, con carácter excepcional, se podrán establecer otros sistemas de trabajo a distancia.
La implantación del sistema de prestación de servicios mediante trabajo a distancia será voluntaria. El plan de trabajo a distancia se aprobará por la Secretaría de Estado de Función Pública.
El porcentaje mínimo de prestación de servicios presenciales siempre deberá ser superior al 40% en el conjunto de la jornada semanal.
Esta medida organizativa se aplicará independientemente del decreto que regulará de manera específica el teletrabajo, cuya elaboración se está ultimando y que el Gobierno espera aprobar en breve".
Nota: No creo que sea la mejor forma de implementar el teletrabajo cuando los ciudadanos están demandando un mejor servicio público presencial y el final de la citas previas. Es necesaria una mejor dotación y formación de recursos humanos que fomente el acercamiento entre la ciudadanía y el servidor público.  

Por otro lado, el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural (BOE núm. 184, de 2 de agosto 2022)  no hace ninguna mención al teletrabajo como medida de sostenibilidad económica y de ahorro. Véase el comentario realizado a esta norma por el magistrado Tuset del Pino "La regulación de la temperatura ambiental y su incidencia en los centros de trabajo,  conforme al nuevo Real Decreto- ley"



martes, 3 de mayo de 2022

ESTRATEGIA ESPAÑOLA SOBRE DISCAPACIDAD 2022-2030

 Consejo de Ministros del 3 de mayo de 2022.

ESTRATEGIA ESPAÑOLA SOBRE DISCAPACIDAD 2022-2030

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030. La estrategia está concebida como una hoja de ruta ambiciosa y posibilista, para que el Estado español, a través de sus administraciones y poderes públicos, contribuya a hacer efectivos los derechos humanos de las personas con discapacidad y de sus familias. Con esta estrategia España sigue la estela de la Unión Europea, que acaba de adoptar un marco similar para el periodo 2021-2030. Estas dos herramientas convertirán la inclusión en una política comunitaria y también en una política de estado.

Este documento se ha construido con una metodología participativa y recoge el sentir de las propias personas con discapacidad y el de sus familias, que han planteado su deseo de vivir y convivir en comunidad, necesidades que tienen que impulsar las políticas públicas. Se ha realizado una encuesta ciudadana completamente accesible con más de 8.000 respuestas, 13 de grupos de discusión sobre temáticas clave como la educación, la salud, el empleo o la vida independiente, en las que han participado 190 personas, más del 60% de ellas personas con discapacidad. Por primera vez, se ha hecho un focus group con personas con grandes necesidades de apoyo (personas sin lenguaje, con discapacidades muy intensas) de las que, a través de sus recorridos vitales y con el apoyo de asistencia humana y tecnológica, se han podido recoger sus necesidades y anhelos.

Dentro del marco del Plan de Transformación y Resiliencia España Puede, se pondrá en marcha un programa ambicioso de reformas para que los derechos presidan el paisaje donde transitan las personas con discapacidad. En definitiva, estos fondos se destinarán a ampliar derechos en ámbitos clave como el acceso a servicios públicos, la vivienda, la educación, la salud o la cultura, que redundarán en la generación de oportunidades y nuevos yacimientos de empleo para este grupo de personas.

Esta estrategia, como marca la Agenda 2030, se concibe desde un enfoque interseccional y con perspectiva de género, porque hay que saldar una deuda con las mujeres y niñas con discapacidad, por la situación de desigualdad por muchas realidades y opresiones históricas. Asimismo, dará respuesta a otros desafíos transversales como la emergencia climática y el reto demográfico. Del mismo modo, la estrategia está con la España de los pueblos, de las aldeas y del campo donde también residen personas con discapacidad, a las que hay que escuchar y acompañar.

La Estrategia Española de Discapacidad pivota sobre el diálogo civil y su elaboración se ha democratizado al máximo para que las personas con discapacidad y sus familias, con la colaboración de sus entidades representativas, la sientan como propia y la vean como un documento que vele por el cumplimiento de sus derechos. De la misma forma, se nutre del conocimiento y de la experiencia de las comunidades autónomas, responsables constitucionalmente de descender la política social a la propia cotidianeidad de la gente, y de las entidades locales, que, en último término, son colaboradoras indispensables en su proceso de implementación, para que, juntas, conciban este instrumento como un nuevo elemento que fortalezca la cooperación territorial.

Se han establecido siete retos estratégicos para cuya consecución se identifican objetivos concretos que coadyuvarán a una buena gobernanza y evaluación. Esta estrategia es un plan de acción para la discapacidad en los próximos ocho años, pero contará a su vez con planes operativos en materias que precisan su propia planificación como son la accesibilidad, la cultura, la educación, la salud y las mujeres y niñas con discapacidad. De igual forma, será el propio Consejo Nacional de la Discapacidad el que decida aprobar nuevos planes para impulsar otros aspectos contemplados. Se trata, en definitiva, de proyectar una política de Estado sobre discapacidad, con implicaciones y aportaciones de los diferentes departamentos ministeriales y con recomendaciones a las comunidades autónomas, como administraciones encargadas en última instancia de aterrizar los derechos en la vida de la gente. En este sentido, se invoca el principio de transversalidad para construir una estrategia de país, que catalice la igualdad transformadora que cuestiona la visión hegemónica en la que persiste el tratamiento diferenciado por razón de discapacidad y que contribuirá a erradicar las formas sistémicas y más ocultas de discriminación como presupuesto irrenunciable de una democracia avanzada.

Fuente: La moncloa. es


ENMIENDA AL ACUERDO EUROPEO DE TRABAJO EN TRANSPORTES INTERNACIONALES POR CARRETERA (AETR)

Reproducimos aquí la nota de prensa del Consejo de Ministros de hoy 3 de mayo de 2022.

"El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de la Enmienda al artículo 14 del Acuerdo europeo sobre trabajo de tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), así como del texto consolidado de dicho Acuerdo.

Antecedentes
El acuerdo europeo sobre el trabajo de tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR), hecho en Ginebra el 1 de julio de 1970, tiene por finalidad aumentar la seguridad de la circulación en carretera y reglamentar ciertas condiciones de trabajo en los transportes internacionales por carretera conforme a los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). España depositó el instrumento de adhesión al acuerdo el 3 de enero de 1973, que entró en vigor de forma general y para nuestro país el 5 de enero de 1976 (BOE nº 277 de 18 de noviembre de 1976).

La materia a la que se refiere el Acuerdo AETR es una competencia de la Unión Europea, aunque como esta no es parte en dicho convenio y sí lo son los distintos Estados miembros, es doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión que la competencia exterior de la Unión en éste ámbito la ejercen los Estados miembros actuando en nombre e interés de la Unión.

El procedimiento de enmienda del AETR está previsto en su artículo 21, estableciéndose un mecanismo de aceptación tácita: las enmiendas se consideran aceptadas si los Estados parte, una vez notificados debidamente a través del depositario, no manifiestan oposición alguna.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha estimado necesario, tras las numerosas enmiendas que se han producido al texto original del AETR, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un texto consolidado de este acuerdo, dando así cumplimiento a los principios constitucionales de publicidad de las normas y seguridad jurídica, recogidos en el artículo 9.3 de la Constitución Española.

Contenido
El 23 de octubre de 2020, la Secretaría General de las Naciones Unidas notificó a los Estados parte una propuesta de enmienda al párrafo 1 del artículo 14 del AETR, presentada por Grecia y adoptada por el Grupo de Trabajo de Transportes por Carretera de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) durante su 114 sesión, celebrada en Ginebra del 16 al 18 de octubre de 2019. La enmienda entró en vigor el 23 de abril de 2022.

Mediante esta enmienda se amplía la posibilidad de adhesión al Acuerdo AETR por parte de Egipto, a través de un procedimiento específico que estaba reservado hasta ahora para Argelia, Jordania, Líbano, Marruecos y Túnez.

Para España es importante que los países con los que existe gran volumen de transporte realizados por vehículos matriculados en esos países se adhieran al citado acuerdo. En el momento en que el país se adhiere al AETR, se permite el control de todo el trayecto desde el punto de carga del vehículo".

Debemos tener en cuenta que el Acuerdo europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR) fue firmado por 51 países fronterizos europeos y asiáticos con objeto de reducir los obstáculos al tráfico internacional por carretera de mercancías y pasajeros mediante la armonización de las normas que regulan los tiempos de conducción y descanso, incluidas las especificaciones técnicas del tacógrafo. Este acuerdo multilateral se ha elaborado bajo los auspicios de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU).

Enlaces relacionados: 



Acuerdo marco relativo a la aplicación del apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CE) n.º 883/2004 en los casos de teletrabajo transfronterizo habitual.

 Artículo 1. Definiciones.  A efectos del presente Acuerdo Marco, se entenderá por: (a) «Reglamento de base»: el Reglamento (CE) n.º 883/200...