domingo, 27 de marzo de 2022

CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR ARTÍSTICO (RD-ley 5/2022, de 22 de marzo)

MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR ARTÍSTICO (Referencia del Consejo de Ministros, 22 de marzo 2022)

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adapta el régimen de la relación laboral de carácter especial de las personas dedicadas a las actividades artísticas, así como a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para su desarrollo, y se mejoran las condiciones laborales del sector.

La Comisión Interministerial para el Estatuto del Artista, desde el mes de septiembre de 2021, está desarrollando trabajos que permiten trasladar a la norma las recomendaciones aprobadas por unanimidad en el pleno del Congreso de los Diputados el 6 de septiembre de 2018 y que están recogidas en el informe de la Subcomisión para la elaboración del estatuto del artista.

Las medidas que se han aprobado suponen un primer avance dentro del conjunto de reformas que se integrarán en el conjunto.

El real decreto-ley moderniza y amplía el concepto de actividad artística haciendo referencia a las "actividades culturales en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales", con lo que elimina el concepto desfasado de "artistas en espectáculos públicos".

Redefinición y protección de la actividad profesional artística

Se amplía la definición de espectáculo público que engloba actividades profesionales relacionadas que no implican, necesariamente, actuar encima de un escenario. La norma aprobada se adapta a la nueva realidad productiva al incorporar al personal técnico y auxiliar que no pertenezca a la estructura fija de las empresas del sector.

De esta manera, la nueva definición de la actividad cultural objeto de la relación laboral especial permite adecuarla a las nuevas realidades culturales, los nuevos formatos y canales de difusión y, en general, nuevas formas y manifestaciones culturales.

También se adapta la legislación a la producción de expresiones artísticas en el entorno web y las nuevas fórmulas de difusión más allá del lugar de actuación y del territorio nacional como puede ser, por ejemplo, el streaming, la difusión online o el podcast.

Actividades técnicas y auxiliares

Se incorporan al real decreto-ley aprobado a la relación laboral especial las actividades técnicas y auxiliares, reconociendo los derechos de un colectivo que se ha demostrado particularmente vulnerable durante la pandemia y especialmente afectado por la contratación fraudulenta como falsos autónomos.

Nuevo contrato laboral artístico

Se crea un nuevo régimen de contratación con una modalidad específica, el contrato laboral artístico. Se trata de un contrato que atiende a las necesidades específicas de un sector, el artístico, que se caracteriza por la intermitencia de su actividad.

La nueva norma también combate la precariedad y la concatenación de contratos de temporada e impulsa su transformación en indefinidos o de tipo fijo discontinuo adaptados a la realidad de la actividad profesional que se desempeñe.

En consonancia con la reforma laboral, se impone la exigencia de acreditar la causa que justifica la contratación y de la duración temporal del contrato, cuyo incumplimiento implica la consideración de contrato indefinido.

Como garantía adicional se prevé expresamente la aplicación de las reglas contra el encadenamiento prolongado de contratos previstas en el artículo quince 15 del Estatuto de los Trabajadores.

Nuevas indemnizaciones

Se mejora el régimen indemnizatorio de estos contratos. La cuantía se unifica a 12 días para todos los colectivos. Esta cuantía se incrementa a 20 días cuando la duración del contrato exceda de 18 meses.

Las nuevas cuantías desincentivan el uso prologado de la contratación temporal.

Seguridad Social

En el ámbito de la Seguridad Social, en el real decreto-ley se establece que los profesionales de la cultura quedarán exentos del desincentivo incluido en la reforma laboral para los contratos que duran menos de 30 días, debido a la especial naturaleza de las actividades artística, técnicas y auxiliares en las artes escénicas, la actividad audiovisual y la música, cuyo carácter es más intermitente.

Además, dentro de los compromisos que se establecen en el futuro estatuto del artista y en respuesta a las particularidades del sector, cuyos trabajos están caracterizados por una gran imprevisibilidad y por una corta duración en muchos casos, se contempla una cotización reducida para los autónomos con ingresos bajos del sector artístico.



Bibliografía: 

Valoración: novedad anunciada e importante que incorpora los "nuevos trabajos" en el sector artistico. Estaremos pendientes de su evolución y de su transformación en la era digital y de su desarrollo normativo.

Unión Europea
Consejo de Ministros de Educación, Juventud, Cultura y Deporte de la Unión Europea, 4 y 5 de abril 2022

"El Consejo de la UE incluye la industria del videojuego en los sectores creativos prioritarios, a petición de España". Este titular se completa con la siguiente noticia En el orden del día también destacan asuntos como la 'Movilidad de los artistas y los profesionales de la cultura y de la creación' y el 'Ecosistema de las industrias culturales y creativas'. Según ha expuesto Iceta, el Consejo ha tratado sobre "el fortalecimiento de las industrias culturales europeas". En ese sentido, ha concretado que "queremos mostrar nuestra satisfacción por la inclusión de los videojuegos como parte de la cultura". Desde España "insistimos en que ya que el énfasis europeo es lo audiovisual, los videojuegos se incorporen en plenitud a esas ayudas. Se ha conseguido. En la reunión intentamos hacer más Europa, pero también echar una mano a nuestra industria nacional", ha defendido el ministro.

El Consejo de la UE ha reafirmado la consideración de los sectores creativos, entre ellos el del videojuego, como uno de los ecosistemas prioritarios de la UE. En este contexto se ha invitado a los Estados Miembros a mejorar el acceso a la financiación europea y estatal; estimular el desarrollo y la mejora de habilidades y la capacitación; mantener y reafirmar la soberanía digital europea en la era digital; fortalecer la capacidad exportadora de las empresas culturales europeas; y promover la responsabilidad de las industrias culturales y acelerar la transición ecológica". 


CONVENIO COLECTIVO: 

jueves, 24 de marzo de 2022

Reunión de la Cumple Social Tripartita, 23 de marzo 2022: el impacto social y económico de la agresión militar rusa contra Ucrania

El 23 de marzo de 2022 se reunieron por videoconferencia los miembros de la Cumbre Social Tripartita para abordar las siguientes cuestiones en relación con el impacto social y económico de la agresión militar rusa contra Ucrania:
1- ¿Cómo garantizar la inversión, el crecimiento y el empleo a largo plazo en Europa, al mismo tiempo que se aborda el impacto de la agresión militar rusa contra Ucrania en los precios de la energía, la economía y el empleo?
2- ¿Cómo garantizar una transición verde exitosa para los trabajadores y las empresas europeas en este nuevo contexto?
3- ¿Cuál es el papel del diálogo social para mejorar las condiciones de trabajo, el funcionamiento de los mercados laborales europeos y la formación profesional después de la COVID-19?


-El Presidente del Consejo, Charles Michel, resaltó entre otras cosas el papel de los interlocutores sociales (Gobiernos, empleadores y empleados) para dar una respuesta común y unida a este nuevo desafío como ocurrió durante la COVID-19.
-La Presidenta de la Comisión, Ursula von der Layen, afirmó que la financiación de la UE está disponible para ayudar a los Estados miembros que acogen a las personas que huyen de Ucrania porque merecen acceso a la protección social, la formación y el empleo.
-El Secretario General de la Confederación Europea de Sindicatos (CES), Luca Visentini, señaló el apoyo al acceso al mercado laboral, la vivienda, la atención médica, la educación y el apoyo social para las personas que huyen de Ucrania. 
-El Presidente de BusinessEurope, Pierre Gattaz, en representación de los empleadores (BusinessEurope, SGI Europe, SMEunited) manifestó, entre otras cosas, la necesidad de que la UE reconozca que una transición verde exitosa depende de políticas energéticas realistas con plazos factibles. La próxima iniciativa de diálogo social de la Comisión es una oportunidad de oro para fomentar la unidad mediante la mejora de la cooperación entre las autoridades públicas y los interlocutores sociales a nivel nacional y de la UE.

La importancia de esta reunión de la Cumbre Social Tripartita reside en identificar con claridad el impacto social y económico de la invasión rusa de Ucrania. Habrá que estar atentos al papel que represente el diálogo social en esta nueva crisis, y esperemos que se repita la labor exitosa llevada a cabo durante la crisis de la COVID-19. No debemos olvidar la nula relevancia que tuvo el diálogo social y la no participación de la Cumbre Social Tripartita en la crisis financiera del 2008. Llevaremos un seguimiento. 

Fuente /www.consilium.europa.eu


 

 

 

 


viernes, 18 de marzo de 2022

Economía del dato. Espacios de datos en sectores estrátegicos como turismo y salud: Gaia-X

En nota de prensa de hoy, viernes 18 de marzo de 2022, La Moncloa anuncia que el "Gobierno apoya el nacimiento de la Asociación de Gaia-X para que España lidere la economía del dato en Europa". 
Gaia-X es una iniciativa europea cuyo objetivo es la creación de una infraestructura de datos abierta y segura que promuve la innovación. Se trata de un ecosistema digital federado y transparente, donde los datos y servicios digitales pueden estar disponibles, recopilados y compartidos en un entorno de confianza (Fuente)
Según se dice en la nota de prensa "Con la Asociación Gaia-X España se crea un hub de la economía del dato que permitirá desarrollar el tejido empresarial nacional centrado en la creación de espacios de datos abiertos para promover su compartición de forma segura. La iniciativa se enmarca en la Agenda España Digital que impulsa el Gobierno, que tiene entre sus ejes avanzar hacia una economía del dato, aprovechando las oportunidades que ofrecen la inteligencia artificial y el Big Data para que al menos un 25% de las empresas usen estas tecnologías en 2025. Gaia-X es una iniciativa europea privada para la creación de una infraestructura federada y abierta de datos. Se trata de una aportación de la industria a la autonomía digital europea en materia de computación y almacenamiento en la nube, ofreciendo una alternativa segura para que los que producen los datos puedan controlar el acceso a ellos y su reutilización. España se adhirió a este proyecto en 2021 para impulsar la economía del dato en el país. Desde entonces, un grupo promotor formado por 57 entidades del ecosistema de compartición de datos, entre los que hay entidades del sector público, -como administraciones, universidades y centros de investigación e innovación- y del sector privado -tanto grandes empresas como pymes y start-ups, ha trabajado para redactar los estatutos y constituir la asociación". 
Así mismo se añade que "El pasado mes de diciembre, los promotores eligieron Talavera de la Reina como sede oficial de la asociación entre doce candidaturas propuestas. La constitución de la Asociación Gaia-X España, a la que está previsto se adhieran más de 180 entidades, supone a su vez el lanzamiento oficial del hub que cuenta con una página web en la que ha participado la Junta de Castilla-La Mancha".

Reflexión: Estamos ante una iniciativa que busca la autonomía digital europea en materia de computación y almacenamiento en la nube. Nada que decir, por ahora, desde el punto de vista de nuestra dinámica disciplina jurídica, porque estamos ante un tema de "economía del dato".  Es cierto que la tecnología ha sido capaz de unir dos ámbitos desconectados: el mundo físico y el mundo digital. Esta transformación afecta a las personas y a la nueva manera de trabajar en un mundo cuya principal materia prima son ahora los datos (y no los materiales ni los bienes producidos) y, por lo tanto, también afecta al modelo de producción del empleo de las "fabricas inteligentes". Volveremos.

Otros enlaces:

sábado, 12 de marzo de 2022

El "avatar" del trabajador como entidad virtual del contrato de trabajo, por Esperanza Macarena Sierra Benítez (Noticias Cielo, núm. 2/2022)

El pasado jueves 24 de febrero de 2022 la Red Cielo Laboral organizó un seminario y una serie de debates con la Academia Brasileña de Derecho del Trabajo (ABDT) para tratar diversos aspectos relacionados con la Inteligencia Virtual y el Mundo del Trabajo, concretamente, los impactos de la realidad virtual en los contratos, en el derecho colectivo y sindical y en el proceso laboral. 

Este seminario que está grabado en la página de Youtube de la ABDT ha sido el último evento organizado por su Presidente, el Ministro del TST Alexandre Agra, y la directora, Thereza C. Nahas, que concluyen con este seminario un mandato exitoso en resultados (https://youtu.be/KeRp2ovT7xU) . 

A propósito de los debates que tuvieron lugar el pasado jueves, me gustaría hacer unas breves reflexiones en relación con una de las partes del contrato de trabajo, el trabajador, cuando el trabajo se “realiza” en un entorno digital. 

Ese lugar virtual de trabajo se identifica con el término “metaverso”, es decir, como ha señalado el profesor Raso, con “un espacio al que ingresamos y en el que compartimos actividades con otras personas que actúan en esa dimensión, que además es tridimensional”2 . Entonces, para poder interactuar en ese espacio tridimensional, o sea, en ese lugar de trabajo digital y virtual, es necesario que las partes del contrato construyan su propio avatar. 

El diccionario de la Real Academia Española (RAE) define el avatar como “representación gráfica de la identidad virtual de un usuario en entornos digitales”. Todos sabemos que en la actualidad las tecnologías, y en concreto la realidad virtual, están expandiéndose con gran rapidez y agresividad en el mundo del trabajo. El trabajo a distancia considerado como una atipicidad del contrato de trabajo por el lugar de la realización de la prestación de servicios se denominó “trabajo a domicilio”. Más tarde, a finales del siglo XX, con la entrada de la crisis del petróleo y el auge de las TICs e Internet, el trabajo tecnológico permitió el desarrollo del teletrabajo, y en estos dos últimos años de pandemia −junto a una incipiente e injusta guerra en Europa− el trabajo remoto como una de las múltiples manifestaciones del trabajo a distancia. En este sentido, el trabajo remoto evoluciona hacia el metaverso y la posibilidad de la realización de la prestación de servicios por el avatar del propio trabajador. 

Si nos acercamos a esa “identidad virtual” del trabajador, solo me cabe preguntar ¿qué consideración jurídica tendría el avatar a efectos laborales? ¿cabe extender la personalidad jurídica del trabajador al avatar? Lo más seguro que estemos pensando que el avatar no es sujeto de derecho y, en todo caso, la persona del trabajador tiene carácter personalísimo. Pero el avatar no es persona física, ni siquiera es persona. En estos casos se le podría atribuir una fórmula intermedia que lo diferencie de las personas, de las cosas y de otras formas de vida como las plantas, igual que se ha hecho con los animales. 

Los códigos civiles de Francia y Portugal han dado una descripción “positiva” a los animales, hasta ahora considerados como “cosas”, pasando a describirlos como “seres vivos dotados de sensibilidad”. En este sentido, me remito a la recién aprobada Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales, que entró en vigor en España el pasado 5 de enero de 2022, y que considera a los animales como “seres sintientes”. 

Considero que si dotamos al avatar de una fórmula intermedia en términos similares a lo que se ha hecho con los animales, se podría avanzar y dar respuestas cuando se produjeran incumplimientos por parte del avatar, como por ejemplo en caso de que dicho avatar se “desconfigure”.

De todos es conocido que el asistente virtual controlado por voz creado por Amazon (Alexa) se ha desconfigurado y no tiene un funcionamiento correcto. Alexa es un dispositivo que nos informa sobre contenidos de varios tipos, con información genérica sobre determinadas personas y productos; o bien permite hacer video-llamadas entre diferentes dispositivos o controlar otros dispositivos compatibles con el asistente. Las Alexas Skills constituyen un modelo que puede ayudarnos con diferentes tareas o juegos a través de comandos de voz. 

Otro interrogante sería ¿qué consecuencias tendría para el trabajador, el empleador o la plataforma virtual que el avatar fuera hackeado? Son muchas las preguntas que nos podemos hacer, y no por ello debemos pensar que estamos fantaseando con un futuro que no es real y que forma parte de una típica obra de ciencia ficción. 

En la actualidad son muchas las organizaciones y empresas que están utilizando este espacio virtual. Por los medios de comunicación hemos sabido que el avatar de una trabajadora fue víctima de acoso en una reunión de trabajo ante la pasividad de los restantes avatares. No me cabe la menor duda de que surgirán nuevos frentes en el ámbito del Derecho del Trabajo. Necesitamos una disciplina jurídica “nueva” que por su carácter dinámico puede dar respuesta a todos estos interrogantes, pero desde un ámbito que supere las barreras territoriales de los Estados. ¿Podemos construir un metaverso universal del derecho del trabajo?

Publicado en Noticias Cielo, núm. 2, 2022

AEPD Procedimiento Nº: E/09208/2018

AEPD Expediente Nº: E/07646/2015

sábado, 5 de marzo de 2022

Planes de Movilidad Sostenible al trabajo (Ley de Movilidad-anteproyecto)

En el Consejo de Ministros del 1 de marzo 2022 el ejecutivo aprobó, en primera lectura, el anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible para iniciar la tramitación del texto articulado con la apertura del trámite de audiencia e información pública.

Según informa La Moncloa "Esta nueva ley constituirá el marco normativo que permitirá a las políticas públicas de transporte y movilidad de las distintas administraciones responder mejor a las necesidades de los ciudadanos y a los retos del siglo XXI: la sostenibilidad, la digitalización y la cohesión social y territorial.
La futura Ley de Movilidad Sostenible forma parte de las reformas e hitos que el Gobierno se ha comprometido con la Comisión Europea a llevar a cabo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). En concreto, se trata de la reforma 2 incluida en el componente 1: Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos. Los hitos establecidos prevén su aprobación y entrada en vigor en el último trimestre de 2023.

Además, mediante este texto articulado se implementan diversas medidas recogidas en la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030, que fue aprobada el pasado 10 de diciembre, que requieren reformas jurídicas con rango de ley, y se da cumplimiento a diversas recomendaciones dadas por la AIReF y otros organismos internacionales.

Finalmente, esta nueva norma contribuirá a alcanzar el cumplimiento de los objetivos de reducción de gases efecto invernadero y emisiones contaminantes en el transporte, en línea con los acuerdos internacionales asumidos por España para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible que marca la Agenda 2030 de la ONU y la COP21 de París, y con las estrategias europeas, como el Pacto Verde Europeo".

El anteproyecto de ley establece un nuevo marco regulatorio para el transporte y la movilidad en nuestro país, sustentándose en cuatro pilares:

-Un derecho social; Limpia y saludable; Un sistema digital e innovador; Invertir mejor al servicio de la ciudadanía.

Entre las reformas se contempla que "La nueva ley garantiza la contribución del Estado en el sostenimiento del transporte urbano colectivo mediante un sistema homogéneo para todas las ciudades y predecible en el tiempo. Además, establece la obligación que las administraciones velen por incentivar y promover las soluciones de movilidad más sostenibles, priorizando la movilidad activa y el transporte público colectivo. Se trata de avanzar en la transformación "de la ciudad de los coches" a la "ciudad de las personas".

Se introduce la obligación de que las empresas de más de 500 trabajadores dispongan de planes de movilidad sostenible al trabajo. Estos planes se consideran una herramienta imprescindible para avanzar en el impulso de la movilidad sostenible en los trayectos de ida y vuelta al trabajo. Las empresas pueden optar por distintas alternativas como potenciar la movilidad activa, la eléctrica, la compartida o el transporte colectivo o bien apostar por flexibilizar los horarios de entrada y salida y el teletrabajo

Fuente La Moncloa, 1 de marzo 2022

Enlace pág. web Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, 

Acuerdo marco relativo a la aplicación del apartado 1 del artículo 16 del Reglamento (CE) n.º 883/2004 en los casos de teletrabajo transfronterizo habitual.

 Artículo 1. Definiciones.  A efectos del presente Acuerdo Marco, se entenderá por: (a) «Reglamento de base»: el Reglamento (CE) n.º 883/200...