miércoles, 29 de diciembre de 2021

Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE 29 de diciembre 2021)

La aprobación de esta Ley supone cumplir con el hito contenido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), así como cumplir con el compromiso con la Comisión Europea de aprobar las reformas estructurales en el ámbito del empleo público necesarias para el primer semestre de 2021 (Preámbulo II)

Esta Ley pretende, con pleno respeto a la normativa presupuestaria, reforzar el carácter temporal de la figura del personal interino; aclarar los procedimientos de acceso a la condición de personal interino; objetivar las causas de cese de este personal e implantar un régimen de responsabilidades que constituya un mecanismo proporcionado, eficaz y disuasorio de futuros incumplimientos que, además, permita clarificar cualquier vacío o duda interpretativa que la actual regulación haya podido generar (Preámbulo III).


USO. La Federación de Atención a la Ciudadanía de USO lamenta las inconcreciones de la ley de reducción de la temporalidad en el empleo público , que abren nuevas vías de precariedad. Enlace

El objetivo de la ley que se ha aprobado hoy en el Senado es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Éste es, a su vez, un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

Aspectos destacados de la norma

Entrando en el contenido de la norma que ha logrado el respaldo de la Cámara Alta en el Pleno de esta semana, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

Un proceso de concurso-oposición será el que dará acceso a estas plazas. La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.

Las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.

El impulso de esta norma por parte del Gobierno para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas es un ejemplo más de su compromiso con lo público, tanto con la calidad del empleo de las personas que trabajan en este entorno, como con la excelencia de los servicios del Estado del Bienestar que se prestan a la ciudadanía. 

Medidas adoptadas de refuerzo del empleo público 

En este sentido, ayer mismo, el Consejo de Ministros aprobó una Oferta de Empleo Público extraordinaria para reforzar al Servicio Público de Empleo Estatal con 926 plazas adicionales, lo que supone un impulso de más de un 10% a su plantilla, que se habría incrementado casi un 20% con las incorporaciones que se han producido en el conjunto de todo el año.

Asimismo, el pasado julio el Gobierno aprobó la mayor Oferta de Empleo Público de la historia, con un total de 30.445 nuevos puestos, sumando las plazas aprobadas previamente para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y para las Fuerzas Armadas. Con ello, en los tres años de Gobierno de Pedro Sánchez el número de nuevos puestos para la Administración se acerca a los 110.000.

Los Presupuestos Generales del Estado para 2022 incorporan una subida salarial del 2% para empleadas y empleados públicos. Asimismo, incluyen una reposición del 110% como tasa general; del 120% para los sectores prioritarios (sanidad, educación, ciencia…); y del 125% para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, policías autonómicas y locales. 

Bibliografía: 

Empleo público. Notas previas, y texto comparado del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad y de las emmiendas incorporadas, por Eduardo Rojo Torrecilla. Enlace


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