lunes, 20 de diciembre de 2021

CONVENIO COLECTIVO. RIDERS (PLATAFORMAS DIGITALES)

 

PRIMER CONVENIO COLECTIVO EN ESPAÑA TRABAJADORES PLATAFORMAS DIGITALES, Repartidores (Riders) (JUST EAT)

Madrid, 15 diciembre 2021

CCOO, UGT y Just Eat España han firmado el acuerdo de condiciones laborales que establecerá las relaciones laborales de las personas repartidoras de la empresa. El texto será de aplicación en todo el territorio nacional, entrará en vigor el próximo enero y tiene la ambición de convertirse en el punto de partida para una futura negociación homogénea en el sector de actividad.

El texto regula condiciones laborales en un entorno dinámico donde la tecnología juega un papel esencial y apuesta por la erradicación de la imagen de precariedad en el sector del reparto de comida a domicilio en nuestro país. Además de un salario digno para las personas repartidoras, garantiza una jornada cierta con desconexión digital, la no pérdida de poder adquisitivo y condiciones de seguridad y salud laboral. 

Al mismo tiempo, establece mecanismos de organización del trabajo compatibles con la elevada volatilidad y la limitada capacidad de predicción de volumen de actividad en entornos de plataformas digitales. 

El documento, que busca el equilibrio entre innovación y protección social, es también el primer acuerdo de convenio colectivo que desarrolla lo establecido en la “Ley Rider” en materia de derechos de información de los trabajadores en relación con la utilización de algoritmos y sistemas de inteligencia artificial.

Just Eat, CCOO y UGT presentan esta iniciativa solo una semana después de que la Comisión Europea anunciara su propuesta de Directiva para regular el trabajo en plataformas en el contexto comunitario. Se trata, por tanto, de uno de los primeros textos de los países de nuestro entorno y sitúa de nuevo a España a la vanguardia europea en los debates sobre la laboralidad del futuro. En este mismo sentido, Just Eat Takeaway.com, empresa matriz de Just Eat España, ya ha firmado convenios colectivos de empresa, por ejemplo, en Dinamarca o en Italia.

CCOO, UGT y Just Eat logran un acuerdo para el primer convenio de su sector (Fuente CCOO)

El convenio daría cobertura a más de 2.000 trabajadores, la mayoría repartidores o riders, al cierre de 2022, según comentaron fuentes sindicales a Servimedia. En el caso de Just Eat, sus repartidores no trabajan como falsos autónomos (una figura habitual en el sector, según han sentenciado varios fallos judiciales), sino como subcontratados, y el convenio serviría para considerarlos como asalariados. Fuente: El país

Pactan un salario anual de 15.200 euros y una jornada con derecho a desconexión digital

En España, Just Eat presta servicio en el 95% del territorio nacional, donde cuenta con más de 2,5 millones de usuarios activos y más de 20.000 restaurantes asociados. Fuente: El Mundo

La retribución para un empleado a tiempo completo es de 1.269 euros al mesEl texto, de 48 páginas, 15 capítulos y 76 artículos, y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, regula en profundidad las condiciones laborales y salariales de los miles de repartidores contratados directamente por la plataforma (Just Eat no ha querido revelar el número exacto, pero los sindicatos los cifran en más de 2.000). Fija entre otras cosas un salario base de 8,5 euros por hora: esto es, 15.232 euros al año, o 1.269 euros al mes en 12 pagas para un trabajador a tiempo completo, una cantidad que está más de 100 euros al mes por encima del actual Salario Mínimo. Se contemplan dos pagas extra equivalentes a un mes de salario prorrateadas a lo largo del año, se recompensa el trabajo en festivo (habitual en “el colectivo de reparto”, como precisa el texto) pagando la hora al doble de su precio habitual, y también se consigna un complemento de nocturnidad para los empleados que presten servicio entre las 22:00 y las 6:00 equivalente a subir un 25% la retribución por hora dispuesta en el salario base del trabajador en cuestión.

El acuerdo también contempla complementos extrasalariales por el uso de bicicleta o motocicleta propia. En este sentido, el texto dice que “la vocación de la Empresa es proveerse de una flota de vehículos propios”, pero admite que “en determinados casos [...] el contrato de trabajo se podrá realizar con la aportación del vehículo propio por parte de la persona trabajadora”. Para esas situaciones, Just Eat contempla un pago al repartidor por combustible, mantenimiento del vehículo y seguro de 0,15 euros por kilómetro en el caso de las motocicletas, de 0,10 euros en el caso de la bicicleta eléctrica y de 0,06 para las bicicletas tradicionales, cantidades que subirán en 2023. También se regulan la percepción de las propinas, “que se pagarán mensualmente junto con el resto del salario”. Fuente: El periódico

El texto fija las condiciones para los contratados a tiempo parcial, un colectivo muy significativo en el reparto. Se establecen jornadas mínimas semanales de 12 horas para los contratados para el fin de semana y de 16 horas a los fichados para trabajar entre semana, con un mecanismo de compensación de horas de trabajo efectivo por si se producen desajustes. Con carácter general se establece también un sistema de franjas horarias para organizar el trabajo de los repartidores, que tendrán que ser avisados al menos 5 días antes de los horarios asignados para cada semana. 

Las vacaciones de los repartidores serán de 30 días al año, de los cuales 15 tendrán que estar comprendidos entre junio y agosto; y entre el material que la empresa debe proveer a los trabajadores como herramienta de trabajo se cuenta un teléfono móvil.

Desconexión digital y algoritmos

El acuerdo dedica un capítulo entero a la regulación del "entorno digital", que incluye el "derecho a la desconexión digital y laboral": "la Empresa no efectuará comunicaciones a las personas trabajadoras fuera de su horario de trabajo salvo que concurran circunstancias excepcionales que así lo justifiquen y/o para comunicar el horario semanal de trabajo", según se dispone en el artículo 68. En cuanto al uso de la geolocalización en los dispositivos móviles que son necesarios para realizar el reparto, se especifica que "la Empresa explicará [a los repartidores] las características de estos sistemas y se les facilitará la información pertinente sobre el posible ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión".

Se prevé también la creación de una "Comisión Algoritmo", formada por dos representantes de la empresa y dos de los trabajadores, para facilitar a los repartidores "la información relevante utilizada por el algoritmo y/o sistemas de inteligencia artificial a los efectos de organizar su actividad como pueden ser el tipo de contrato, número de horas contractuales, preferencias horarias [...] y libranzas", en línea con lo dispuesto por la llamada 'ley rider', que entró en vigor el pasado verano. También se garantiza que los "algoritmos y/o sistemas de inteligencia utilizados tengan un grado de supervisión humana", y que no se sirvan de datos que "puedan dar lugar a la vulneración de derechos fundamentales como pueden ser, entre otros, el sexo o la nacionalidad" de los empleados.

Acuerdo y convenio

Lo firmado este viernes técnicamente no es un convenio, sino un acuerdo de condiciones de trabajo, porque para ser un convenio tiene que quedar refrendado por la representación legal de los trabajadores en la empresa y Just Eat todavía no tiene; se espera que en los próximos tiempos se convoquen elecciones sindicales y se pueda dar ese paso de consagrar este texto como convenio. La negociación se ha realizado en este caso entre las federaciones de CCOO y UGT responsables del reparto y la dirección de la compañía. Durante la firma, en la sede de Just Eat este viernes, el texto ha sido saludado como "el primer paso para extirpar la temporalidad en el sector", en palabras de Álvaro Vicioso, de UGT; o como "un pacto señero en España y en Europa, que indica que es compatible el desarrollo tecnológico con el trabajo digno, justo y decente", según José María Martínez, de CCOO.

El acuerdo desarrolla y amplía lo previsto en la 'ley rider', una normativa también pionera que dispone la presunción de laboralidad de los repartidores (para evitar su empleo en precario como falsos autónomos) y ordena que se facilite a los representantes de los trabajadores información sobre los algoritmos que usan las plataformas para distribuir el trabajo en la medida en que afecten a las condiciones laborales. La firma del acuerdo coincide además con la aprobación, a principios de mes, de una propuesta de directiva de la Unión Europea que promueve la consideración de los repartidores como asalariados en todo el territorio comunitarioFuente: EPE

Los "riders" no podrán trabajar más de 9 horas diarias y tendrán 30 días de vacaciones al año, de los que al menos 15 deben disfrutarse entre los meses de junio y agosto.

La empresa debe aportar todos los medios de protección necesarios para garantizar la seguridad del empleado y para el desempeño de su trabajo, aunque se incluye la posibilidad esporádica de que el rider use sus medios propios, por lo que deberá ser compensado.

Just Eat dará a los  trabajadores un teléfono móvil a cada trabajador, para evitar invadir su intimidad como ocurre cuando se usan dispositivos personales. Además, incluye un seguro privado con una cobertura privada de entre 40.000 y 60.000 euros.

Establece mecanismos de organización del trabajo que son compatibles con la elevada volatibilidad y la limitada capacidad de predicción del volumen de actividad que desempeñan las plataformas digitales

El texto será de aplicación en todo el territorio nacional para los trabajadores contratados por la propia compañía o a través de ETT (se descartan así los que forman parte de otras empresas logísticas) y entrará en vigor el próximo enero. Se espera que este convenio sea el precedente de un futuro convenio sectorial Fuente: El Español

Otro enlace de interés

Inconveniente del acuerdo:

Este acuerdo no se aplica a los repartidores subcontratados sino a los contratados directamente por JUST EAT (opera con un modelo mixto).

Fuente: proyecto Gig Economy

ACTA DE ACUERDO En relación con el procedimiento de mediación promovido por Federación de Servicios CCOO, FSCCCOO y FeSMC-UGT frente a TAKEAWAY EXPRESS SPAIN, S.L. (JUST EAT):

https://www.ccoo-servicios.es/archivos/Acuerdo%20Sindicatos%20JUST%20EAT(1).pdf


NOTICIAS SOBRE APLICACIÓN LEY RIDERS:

-Los Riders, la paz que no llega. Desde que el Tribunal Supremo declarase como falso autónomo a un trabajador de Glovo en septiembre de 2020, no han cesado las noticias de todo tipo sobre los Riders y su futuro laboral.


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