jueves, 10 de junio de 2021

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COMPETENCIAS EMPLEADAS/OS PÚBLICOS 

INAP-Marco de Competencias para el teletrabajo de las empleadas y los empleados públicos (21 diciembre 2021).

INAP. Marco de Competencias Digitales de las empleadas y empleados públicos (noviembre, 2021)

PROVINCIAS 

1- SORIA 

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN RÉGIMEN DE TELETRABAJO EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA  Acuerdo 4 de noviembre de 2021 (BOPS 29 nov. 2021)

La Institución se convierte así en una de las pioneras de España en disponer de este mecanismo necesario para implantar esta modalidad laboral no presencial”, ha señalado Javier Navarro, diputado del área de Personal.

(...) El objetivo del reglamento es regular el teletrabajo, conforme a las modificaciones aprobadas que hacen referencia a la presencia diaria de los trabajadores/as en aquellas dependencias en las que exista un número impar de empleados/as, “en ningún caso la exigencia de presencia diaria de trabajadores podrá ser inferior a la parte entera del resultado de dividir la dotación del departamento o dependencia entre dos”, ha explicado Javier Navarro.

Con carácter general las jornadas de trabajo presencial de cada empleado/a podrán ser consecutivas dentro del cómputo semanal que le corresponda, no permitiéndose la acumulación de jornadas de trabajo presencial correspondientes a otra semana salvo circunstancias justificadas.

Los trabajadores/as que deseen adherirse a la modalidad de teletrabajo ya pueden hacerlo, “y la prestación deberá ser expresamente autorizada y será compatible con la modalidad presencial”, ha especificado Javier Navarro.

Podrán acceder al régimen de teletrabajo, tal y como se informa en el extracto del BOP, todos aquellos empleados y empleadas públicas de la Diputación de Soria que se encuentren en servicio activo, no obstante, la solicitud de acceso al teletrabajo podrá realizarse desde situaciones administrativas que conlleven reserva de puesto de trabajo. Podrán acogerse también, las personas en que hayan desempeñado funciones del puesto de trabajo que se pretende desarrollar en régimen de teletrabajo, u otro de similares funciones, durante un periodo mínimo de tres meses.

Se deben tener conocimientos informáticos y telemáticos que garanticen la aptitud para el trabajo, además de disponer de una conexión a internet adecuada al contenido y funciones del puesto a desempeñar en régimen de teletrabajo.

La Diputación por parte facilitará los medios tecnológicos adecuados para el buen cumplimiento de su trabajo y funcionamiento de la Institución.

Fuente: Diputación de Soria-Noticias

CASTILLA-LA MANCHA

Decreto 65/2021, de 1 junio, por el que se regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM de 9 de junio 2021)

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